¿La multa a Booking.com por « abuso de posición dominante » está justificada?

Booking.com acaba de recibir una multa récord de 413 millones de euros en España por « abuso de posición dominante ». ¿Está justificado?

Se trata del marco reglamentario de la DMA (Digital Market Act), organismo creado recientemente para controlar la posición dominante de los gigantes de Internet, en particular las GAFAM. Esta nueva legislación entró en vigor en marzo de 2024.

De lo que se acusa a Booking.com

« Imponer diversas condiciones comerciales desleales a los hoteles ubicados en España que utilizan sus servicios de intermediación de reservas y restringir la competencia de otras agencias de viajes online que ofrecen los mismos servicios ».

Siempre es un poco incómodo cuando el abuso de posición dominante afecta a un intermediario de éxito. Al fin y al cabo, como OTA (agencia de viajes online), Booking.com no es más que un intermediario. Y los proveedores de alojamiento se han beneficiado bastante de ello. No cabe duda de que es difícil que un pequeño actor adquiera notoriedad, pero Booking.com es precisamente uno de esos intermediarios que han invertido mucho para dar visibilidad a quienes no la tenían.

El regulador calcula que la OTA holandesa controla entre el 70% y el 90% del mercado hotelero español. Y esto es obviamente problemático. Pero sigue siendo responsabilidad de los hoteleros diversificar su distribución, segmentar su demanda, desarrollar otros segmentos como Corpo, desarrollar sus ventas directas y fidelizar a sus clientes.

Entonces, ¿de quién es la culpa?

Los poderes públicos hacen su trabajo cuando vigilan una serie de cuestiones que penalizan a los clientes, por ejemplo la imposibilidad de clasificar las ofertas en función de determinados criterios, o informaciones no verificables como «sólo quedan 2 habitaciones a este precio», etc. También hacen su trabajo cuando protegen a los hoteleros contra cláusulas contractuales que se consideran poco claras, por ejemplo la « falta de transparencia sobre el impacto y la rentabilidad de la suscripción a los programas Preferred, Preferred Plus y Genferred».

Por otro lado, se ha criticado a Booking.com por imponer la paridad de precios. Ésta era la norma para todos hace sólo unos años. Y era una regla de sentido común: obligaba a los hoteleros a no competir deslealmente con sus socios distribuidores aprovechándose, por un lado, de la visibilidad ofrecida por una OTA y, por otro, insistiendo en que los precios eran más baratos directamente en su sitio web. En otras palabras, Booking.com se encarga de dar a conocer el producto y es el hotelero quien convierte las ventas a través de un precio más bajo. Así que es fácil entender por qué existe la paridad de precios. Y no es sorprendente que Booking.com defienda esta posición..
Cette disposition était pourtant la règle pour tout le monde il y a encore quelques années.
Et c’était une règle de bon sens : elle imposait à l’hôtelier de ne pas faire de concurrence déloyale à ses partenaires de Distribution en profitant, d’un côté, de la visibilité offerte par un OTA tout en martelant bien fort, de l’autre, que les prix étaient moins chers en direct sur son site web.
En d’autres termes, c’est à Booking.com de faire le boulot pour faire connaître le produit et c’est l’hôtelier qui convertit les ventes par un prix plus bas.
On comprend donc à quoi sert la parité tarifaire.
Et ce n’est pas choquant dans ces conditions que Booking.com défende cette position.

Le principe d’un OTA est simple : te aporta negocio y, a cambio, recibe una comisión. En tu mix de distribución, debes apoyarte en este tipo de actores en los territorios que no compiten frontalmente con tus propios clientes, por ejemplo en los mercados extranjeros, e invertir en herramientas de marketing en tu propio mercado.

¿Qué se puede hacer?

El regulador podría, por ejemplo, seguir el ejemplo de lo que intenta hacer a medias en el sector minorista y asegurarse de que el valor se distribuye adecuadamente. Pero siempre es delicado meter el dedo en este engranaje, que llevaría al turismo parcialmente a una economía sobre-regulada y subvencionada en el futuro. Limitar las comisiones al 20% para evitar que una OTA obligue a los operadores más vulnerables a pagar una comisión desmesurada podría ser una forma de avanzar.

En cuanto a la segunda queja formulada por el regulador, « … restringir la competencia de otras agencias de viajes en línea que ofrecen los mismos servicios », el tema es más delicado. Hacerse con una cuota de mercado y amplificarla siendo mejor que los demás no es nada censurable, salvo en casos concretos, ya encontrados en el sector aéreo, por ejemplo.

Todos recordamos la quiebra de XL Airways, cuya tumba cavó el abismal déficit de Norwegian, que vendía sus vuelos de larga distancia al precio de un TGV París-Marsella. La aerolínea de Oslo, con sede fuera de la Unión Europea y respaldada por la corona danesa a través de banco estatal DNB, tuvo que reunir 6 Billones de coronas en capital fresco para evitar la quiebra.

Este tipo de situación, que puede acabar con un competidor a costa de un endeudamiento demencial, debe regularse. Microsoft también ha sido objeto de grandes polémicas por su posición casi monopolística, con la integración de sistemas cerrados que obstaculizan la aparición de estándares más abiertos, la integración por defecto de los navegadores (Internet Explorer) y la vinculación de Windows a los PC de los fabricantes.

Si Booking.com es culpable de tal comportamiento, debe responder por ello, para dejar de ahogar la competencia y reparar lo que se pueda reparar. Pero los argumentos del regulador no han sido revelados, y es difícil emitir un juicio sobre este aspecto del caso. En este caso, los perjudicados son más los competidores de OTAs que los hoteleros.

Por lo demás, parece que estamos criticando a una OTA por haber triunfado. Y por haberlo conseguido gracias a la falta de inversión de los hoteleros. Ahora les toca a ellos recuperar el poder. Y por la nobleza de nuestra profesión, hacerlo a través del mercado, y no por ley.

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